Becas comedor escolar 2023-2024
Os informamos de que la Comunidad de Madrid, ha lanzado un nuevo programa de becas denominado “Becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid”. A partir de 2023 la mencionada ayuda se va a tramitar como una beca de concesión directa y, de esta forma, la tramitación de la ayuda va a suponer algunos cambios, especialmente su modo de presentación:
- Plazo de solicitud: del 8 de junio al 28 de junio
- Las familias deberán solicitar esta beca directamente a través del portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid.org) en la dirección electrónica sede.comunidad.madrid https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024
- Asimismo, se podrá hacer presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, que pueden consultar a través del siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/cita-previa-oficinas-registro-atencion-ciudadano
- Por último, el colegio podrá colaborar en la presentación de las solicitudes de aquellos alumnos que no puedan tramitar la solicitud a través de los procedimientos anteriores durante los plazos de solicitud establecidos.
ESTA DOCUMENTACIÓN SE TIENE QUE ENVIAR DE FORMA TELEMÁTICA O PRESENCIAL EN EL REGISTRO POR PARTE DE LAS FAMILIAS. ÚNICAMENTE EN CASOS EXCEPCIONALES Y DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS EL COLEGIO HARÁ DICHA GESTIÓN.
EN ESTE CASO, LA DOCUMENTACIÓN PERFECTAMENTE CUMPLIMENTADA, INCLUYÉNDOSE EL FORMULARIO, TENDRÁ QUE SER ENTREGADA EN LA SECRETARÍA CON FECHA TOPE EL 21 DE JUNIO JUNTO CON LA JUSTIFICACIÓN DE LA IMPOSIBILIDAD POR PARTE DE LA FAMILIA DE HACER ESTE PROCEDIMIENTO.
Requisitos de los alumnos y documentación necesaria para la solicitud de plaza:
Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
a. Familia beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción.
b. Familia a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
c. Familia beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio 2021 y que no se encuentre en el apartado anterior.
d. Familia con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio económico 2021.
e. Familia con algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo o víctima de violencia de género. En caso de víctima del terrorismo, se considera víctima del terrorismo cuando como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
f. Familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con destino en la Comunidad de Madrid.
g. Alumno en situación de acogimiento familiar (acogimiento familiar temporal, acogimiento familiar permanente o acogimiento familiar pre adoptivo).
h. Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar.
i. Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
j. Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección temporal por afluencia masiva de personas (conflicto Ucrania).
Documentos a aportar junto a la solicitud:
1. Pasaporte (sólo extranjeros sin NIE).
2. Libro de Familia completo, certificado del Registro Civil o partida de nacimiento.
3. Certificado médico fecha probable de parto (presentación obligatoria si hijo no nacido), en su caso.
4. Información de empadronamiento familiar de municipio distinto al de Madrid, en su caso.
5. Sentencia de divorcio, demanda de separación, certificado de defunción, en su caso.
6. Convenio regulador o sentencia de relaciones paterno filiales, en su caso.
7. Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma distinta de la Comunidad de Madrid, en su caso.
8. En función de la modalidad de beca deberá aportar el documento que corresponda:
a. Documentación acreditativa de víctima por violencia de género.
b. Documentación acreditativa de víctima del terrorismo.
c. Documentación acreditativa de protección internacional.
d. Documentación acreditativa de protección temporal (conflicto Ucrania).
e. Documentación acreditativa de situación de acogimiento familiar.
f. Documentación acreditativa de extinción de la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
g. Documentación acreditativa de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital renta inferior a 4.260 euros.
h. Documentación acreditativa de ser miembro de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
i. Documentación acreditativa de estar matriculado de oficio en centro concertado que hace uso del transporte escolar.